Descripción
El sistema empleado en las Etiquetas de Señalización de Mercancías Peligrosas es el preparado por el Grupo de Expertos de la ONU que ha servido de base para la elaboración de la mayoría de las regulaciones internacionales y nacionales. Las materias o productos objeto de esta clasificación son los considerados en los reglamentos ADR y RID. El sistema empleado clasifica las mercancías peligrosas en clases de materias. Dicha clasificación es la siguiente:
CLASE 1 – Materias y objetos explosivos.
CLASE 2 – Gases.
CLASE 3 – Líquidos inflamables.
CLASE 4 – Materias sólidas inflamables, materias autorreactivas y materias explosivas desensibilizadas.
CLASE 5 – Materias comburentes.
CLASE 6 – Materias tóxicas o infecciosas.
CLASE 7 – Materias radiactivas.
CLASE 8 – Materias corrosivas.
CLASE 9 – Materias y objetos peligrosos diversos.
(El número en la esquina iferior de la señal indica la clase.)
SOBRE SU FORMATO Y TAMAÑO
Todas las etiquetas deberán tener la forma de un cuadrado colocado sobre un vértice (en rombo); sus dimensiones mínimas serán de 100 mm x 100 mm. Llevarán una línea trazada a 5 mm. del borde, del mismo color que los signos convencionales. Las etiquetas deberán figurar sobre un fondo de color que ofrezca un buen contraste o ir rodeadas de un borde de trazo continuo o discontinuo Para los recipientes concebidos para el transporte de gases licuados refrigerados, se puede también utilizar el formato normal A7 (74 x 105 mm.). Si la dimensión del bulto lo exige, las etiquetas podrán tener dimensiones reducidas, siempre que queden bien visibles.
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