Ley Orgánica
3/1982, de 9 de junio (BOE n´ 146, de 19 de junio),
reformada por Ley Orgánica 3/1994, de 24 de marzo (BOE
n´ 72, de 25 de marzo) y por Ley Orgánica 2/1999, de
7 de enero (BOE n´ 7, de 8 de enero). Estatuto de Autonomía
de La Rioja.
Artículo 3´. 1. La bandera de La Rioja es la
formada por cuatro franjas horizontales y de igual tamaño,
de los colores rojo, blanco, verde y amarillo.
2. La Comunidad Autónoma de La Rioja posee (...) escudo
propio que sólo podrá modificarse por Ley del
Parlamento de La Rioja aprobada por mayoría de dos
tercios de sus miembros.
Ley 4/1985, de 31 de mayo (BOLR n´ 64, de 4 de junio). Signos
de la identidad riojana.
Artículo 2´. La bandera de La Rioja, de acuerdo con
lo establecido en el artículo tercero del Estatuto
de Autonomía, es la formada por cuatro franjas horizontales
y de igual tamaño, de los colores rojo, blanco, verde
y amarillo.
Artículo 6´. El escudo de La Rioja es, estructuralmente,
un escudo partido, timbrado con la corona real cerrada. En
la partición derecha, de oro el campo, la Cruz roja
de Santiago alzada sobre el Monte Laturce y flanqueada por
dos conchas de peregrino, esmaltadas en plata y silueteadas
en gules. En la partición izquierda, sobre campo de
gules, un castillo de oro de tres torres almenadas cabalgando
sobre un puente mazonado de sable, bajo el cual discurre un
río en plata. En la bordura lucen tres flores de lis.
Artículo 7´. 1. El escudo de La Rioja podrá
figurar en el centro de la bandera.
Manual de identidad corporativa (1985).
Colores de la bandera:
Rojo bandera: Pantone Warm Red.
Verde bandera: Pantone 354.
Amarillo bandera: Pantone 109.
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